ENVIAR UN EMAIL A UN CLIENTE SIN PERMISO PODRÍA SER SANCIONABLE

ENVIAR UN EMAIL A UN CLIENTE SIN PERMISO PODRÍA SER SANCIONABLE

 

El próximo 25 de mayo el Reglamento General de Protección de Datos adquirirá plena eficacia para su aplicación, contemplándose en el mismo la posibilidad de sancionar acciones tan cotidianas como el envío de un correo electrónico por parte de una empresa a sus clientes, siendo necesaria autorización previa de los destinatarios de las comunicaciones; de no ser así, la conducta podría considerarse como infractora y ser constitutiva de una sanción. Será, además, necesario indicar en todos los formularios de la empresa en los que se recojan datos de clientes que autorizan a aquella al envío de publicidad.

El nuevo reglamento incluye otro tipo de acciones cotidianas realizadas por las empresas que podrían ser sancionables, como ceder una lista completa de contactos de móvil o el uso de “cookies” sin autorización en las páginas web.

PARA SABER MAS PINCHA AQUÍ