El Supremo reitera que El Algarrobico y El Canillar son espacio protegido no urbanizable

El Tribunal Supremo, ha dictado sentencia con fecha 20 de noviembre de 2017, desestimando el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras, volviendo a reiterar que el hotel levantado sobre el paraje conocido con el nombre de El Algarrobico en Almería, es espacio protegido no urbanizable.

El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a sentenciar que el sector ST-1 del paraje de El Algarrobico, donde se levanta el hotel de Azata del Sol en Carboneras (Almería), y su adyacente ST-2, donde también se preveía desarrollo urbanístico residencial, son espacio protegido no urbanizable.
o ha hecho en respuesta al recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra la resolución que dictó en mayo de 2016 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y que validó el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar aprobado por la Junta en 2008 a excepción de lo referente a los sectores ST-1 y ST-2 a los que dio el nivel de protección con el que contaban en el PORN anterior, de 1994.

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