NOVEDADES EN LA LEY DE AUTÓNOMOS QUE ENTRAN EN VIGOR EN 2018

NOVEDADES EN LA LEY DE AUTÓNOMOS QUE ENTRAN EN VIGOR EN 2018

Con la entrada del 2018 entra en vigor las nuevas medidas que recoge la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, se tratan de unas series de medidas para apoyar el desarrollo de la actividad empresarial.

Una de las novedades más importantes que recoge esta nueva Ley es que los trabajadores que se den de alta como nuevos autónomos a partir del 1 de enero de 2018 pueden acogerse a la ampliación a un año de la tarifa plana de 50 euros. La reducción se extiende hasta 24 meses, pues se aplica la reducción del 50% los siguientes seis meses y del 30%, por otros seis meses más.

Además de esta aplicación de la tarifa plaza, la ley recoge otras medidas importantes, como es que se modifica los recargos por retraso en los pagos de cotizaciones a la Seguridad Social, que pasan del 20% al 10% si se paga en el primer mes natural siguiente.

También los trabajadores por cuenta propia podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización de forma que pueden adaptar la cotización a las modificaciones de sus ingresos a lo largo de cada ejercicio.

Y otras de las novedades a destacar es que los trabajadores autónomos podrán darse hasta tres veces de alta y de baja en el mismo año; y además también como novedad, pagarán desde el día efectivo en que se den de alta o de baja, y no, como se hacía antes, desde el primer día del mes en que inician la actividad.

Los trámites que tienes que realizar para darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) son sencillos pues se tiene que presentar los modelos 036 y 037 en Hacienda para darse de alta señalando que actividad vas a ejercer y posteriormente darte de alta en el RETA de la Seguridad Social a través del modelo TA0521.